| Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas. |
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Convenio administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual OMPI con el fin de proteger del modo más eficaz y uniforme los derechos de los autores de sus obras literarias y artísticas.
Cuba desde el 20 de febrero de 1997 es signataria del Convenio de Berna y de su Anexo el que recoge las Disposiciones Especiales para los países en Desarrollo.
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| Convención Universal sobre Derecho de Autor. |
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Acta de París de 1971.
Administrado por la UNESCO, establece las condiciones necesarias a fin de asegurar una protección suficiente y efectiva de los derechos de autores, o cualesquiera otros titulares de estos derechos, sobre las obras literarias, científicas y artísticas.
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| Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. |
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Tiene como fin estimular la actividad creadora, promover en todo el mundo la protección de la Propiedad Intelectual. Además modernizar y hacer más eficaz la administración de las Uniones instituidas en el campo de la protección de la propiedad industrial y de la protección de las obras literarias y artísticas, respetando al mismo tiempo la autonomía de cada una de las Uniones.
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| Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. ADPIC |
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Se encuentra en vigor desde el 1 de enero 1995, Cuba a partir de su incorporación a la OMC pasa a formar parte de los paÃses firmantes de este acuerdo.
Se crea con el objetivo de reducir las distorsiones del comercio internacional y para fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de propiedad intelectual y asegurase de que las medidas y procedimientos destinados a hacer respetar dichos derechos no se convierten en obstáculos al comercio legítimo.
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| Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. |
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Su objetivo es desarrollar un sistema multilateral de comercio integrado, más viable y duradero que abarque el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, con vista a preservar los principios fundamentales y a favorecer la consecución de los objetivos que informan este sistema multilateral de comercio.
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